En STECKERL ACEROS S.A.S. buscamos que nuestros colaboradores actúen bajo los más altos estándares éticos y morales, cumpliendo las normas, las buenas costumbres y un comportamiento íntegro dentro y fuera de la compañía.
Este documento sirve como guía para la toma de decisiones éticas y transparentes.
✓ Establecer principios, normas y guías de comportamiento ético.
✓ Definir responsabilidades, derechos y deberes de directivos y colaboradores.
✓ Fortalecer la cultura de cumplimiento normativo y transparencia.
✓ Dar cumplimiento a la Ley 1778 de 2016 (Corrupción Transnacional).
✓ Cumplir Resoluciones 100-002657 de 2016, 200-000558 de 2018 y 100-006261 de 2020 de la Superintendencia de Sociedades.
Este código es obligatorio para todos los colaboradores sin excepción, independientemente de su nivel jerárquico, y se integra con el Reglamento Interno de Trabajo y demás normas nacionales e internacionales aplicables.
✓ Probidad
✓ Responsabilidad
✓ Eficiencia
✓ Objetividad
✓ Veracidad
✓ Lealtad y obediencia
✓ Comportamiento profesional
✓ Respeto a la dignidad humana
✓ Respeto por la diversidad
Somos una empresa colombiana dedicada a la distribución y comercialización de acero al carbón e inoxidable, brindando productos y servicios de calidad de manera diligente y segura.
Estar posicionados como una de las tres empresas más grandes en comercialización de acero para construcción e infraestructura a nivel nacional.
Gerencia General: Aprobar políticas, supervisar cumplimiento y garantizar implementación de controles.
Departamento Jurídico y Cumplimiento: Velar por ejecución del código, dirigir investigaciones y capacitaciones.
Empleados: Aplicar el código, reportar irregularidades y cooperar en investigaciones.
Revisoría Fiscal: Denunciar actos de corrupción ante autoridades competentes.
Todos los colaboradores deben cumplir la legislación vigente, obligaciones contractuales y buenas prácticas empresariales.
Existe conflicto cuando el interés personal colisiona con el interés de la empresa.
Obligaciones:
✓ Reportar conflictos reales o potenciales.
✓ Abstenerse de participar en decisiones cuando exista conflicto.
✓ Actualizar declaración de conflicto mínimo dos veces al año.
Permitidos únicamente cuando:
✓ Sean simbólicos o de valor menor a $100.000 COP.
✓ Sean atenciones comerciales usuales.
Prohibido:
✓ Sobornos.
✓ Comisiones indebidas.
✓ Dinero de clientes o proveedores.
Prohibido aprovechar oportunidades de negocio de la empresa para beneficio personal sin autorización expresa.
Accionistas: Transparencia y comunicación clara.
Clientes: Calidad, confidencialidad y competencia leal.
Proveedores: Selección objetiva, sin influencias indebidas.
Autoridades y medios: Legalidad, transparencia y canalización oficial de comunicaciones.
Toda información no pública es confidencial y su divulgación no autorizada generará sanciones.
Los activos físicos e intangibles deberán:
✓ Usarse exclusivamente para fines empresariales.
✓ No instalar software no licenciado.
✓ No utilizar bienes para fines personales sin autorización.
Prohibido:
✓ Pagos de facilitación.
✓ Soborno transnacional.
✓ Pagos prohibidos.
✓ Tráfico de influencias.
✓ Falsificación de documentos.
Canales de denuncia:
Correo: oficialdecumplimiento@steckerlaceros.com
Teléfono: 018009110011 – 8446880787
Plataforma: SSS-Steel.ethicspoint.com
Se garantiza confidencialidad y derecho a la defensa.
✓ Reglamento Interno de Trabajo
✓ Manual SAGRILAFT
✓ Manual PTEE
✓ Procedimiento reporte situaciones sospechosas
Aprobado por Gerencia General y Asamblea de Accionistas.
Revisión anual obligatoria.
BENJAMIN SCHMULSON
S.Representante Legal
STECKERL ACEROS S.A.S.